Quatroges

La causa «Vialidad» sufre un golpe duro y asoman las pruebas de lawfare.

Una base oficial de la Dirección Nacional de Vialidad incorporada en otra causa judicial permitió reconstruir cómo se distribuyeron más de US$2.200 millones del SISVIAL entre 2009 y 2015. Un estudio encargado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner concluyó que las empresas vinculadas a Lázaro Báez recibieron US$18,66 millones: apenas el 0,85% del total analizado. El dato no revoca por sí mismo la sentencia firme, pero introduce una nueva discusión sobre el Decreto 54/2009, una de las piezas utilizadas por el Tribunal Oral Federal Nº2 para explicar el mecanismo de financiamiento cuestionado en la causa Vialidad.

Una base de Vialidad apareció en Cuadernos y abrió otro frente

El nuevo elemento surgió fuera de la causa Vialidad. Durante el juicio conocido como Cuadernos, expediente 9608/2018, que tramita ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº7, fue incorporada una base de datos de la Dirección Nacional de Vialidad denominada “Analítico 2008-2015 Xls”. Según explicó la defensa, el archivo adquirió relevancia durante la declaración del 6 de agosto de 2026 de un técnico de Vialidad convocado por la fiscalía. A partir de esa información, los abogados Carlos Alberto Beraldi, Rafael Valim y Javier Borrego encargaron a la consultora brasileña Specs un análisis económico-financiero sobre el destino de los recursos identificados como Fuente 14 del Presupuesto Nacional, asociados al financiamiento del SISVIAL. El informe fue fechado en San Pablo el 14 de septiembre de 2026 y estuvo encabezado por el economista Antonio Corrêa de Lacerda, junto con André Paiva Ramos y el contador Roberto Yassuo Shiroma.

El universo estudiado comprende el período que va desde el 29 de enero de 2009, fecha del Decreto 54/2009, hasta el 10 de diciembre de 2015. La base registra 367 obras, ejecutadas por 114 empresas constructoras, con 3.855 certificados de obra pagados y desembolsos totales equivalentes a aproximadamente US$2.200 millones. De las 51 obras que integraron la causa Vialidad, el informe identificó 17 financiadas mediante esta fuente, equivalentes al 4,63% de las 367 obras analizadas. Esas 17 correspondían a Austral Construcciones, Gotti, Kank y Costilla y la Sucesión de Adelmo Biancalani, sociedades que el estudio vincula con el Grupo Austral. Recibieron 36 certificados, apenas el 0,93% de los 3.855 considerados, por un total de US$18,66 millones. El resultado matemático sobre el conjunto de la Fuente 14 es el dato que ahora concentra la discusión: 0,85%.

El detalle anual muestra además que la participación atribuida al Grupo Austral fue de 1,63% en 2009, aumentó a 3,26% en 2010, cayó a 0,18% en 2011 y fue de 0% entre 2012 y 2015, siempre dentro de esta fuente específica. El informe también compara a las empresas que recibieron mayor cantidad de recursos mediante el mecanismo: IECSA aparece encabezando el listado con alrededor de US$360 millones, equivalente a aproximadamente 16,36% de los fondos; le siguen JCR, Benito Roggio e Hijos, José Cartellone Construcciones Civiles y Rovella Carranza. Ninguna empresa atribuida al Grupo Austral aparece entre las principales receptoras de ese universo financiero. Esos números no abarcan toda la obra pública nacional ni todos los mecanismos utilizados para financiar las 51 obras juzgadas en Vialidad: se refieren específicamente a la Fuente 14 y al SISVIAL.

El Decreto 54/2009 y el punto concreto que la defensa quiere volver a discutir

El Decreto 54/2009, firmado el 29 de enero de 2009, incorporó como beneficiarios del fideicomiso creado por el Decreto 976/2001 a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, la Dirección Nacional de Vialidad y el Órgano de Control de Concesiones Viales. La norma habilitó a Vialidad a ejecutar directamente o mediante convenios obras urbanas, periurbanas, caminos de producción, accesos a pueblos y obras de seguridad vial utilizando recursos del SISVIAL. También estableció que los desembolsos podían canalizarse a través de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura y del Banco Nación como fiduciario. El decreto no identificó a Lázaro Báez, al Grupo Austral ni a Santa Cruz como destinatarios exclusivos: creó un mecanismo aplicable a obras viales en distintas jurisdicciones.

Ese decreto tuvo un lugar relevante en la interpretación del Tribunal Oral Federal Nº2. En los fundamentos de Vialidad fue considerado una herramienta que permitió a la Dirección Nacional de Vialidad disponer de recursos del fideicomiso con un mecanismo más ágil y con una determinación posterior de las obras que recibirían esos fondos. La defensa sostiene ahora que la base oficial incorporada en Cuadernos permite confrontar esa construcción con el destino efectivo del dinero: si durante casi siete años las empresas vinculadas a Báez recibieron menos de uno de cada cien dólares distribuidos por esa fuente, el dato puede ser utilizado para discutir la hipótesis de que el mecanismo financiero hubiera tenido como finalidad dominante favorecerlas. Esa es la cuestión específica que Beraldi y los demás abogados pretenden llevar nuevamente ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Pero existe una diferencia que debe conservarse para entender correctamente los números. El 0,85% utiliza como denominador todos los desembolsos identificados en la Fuente 14 a nivel nacional: aproximadamente US$2.200 millones. El porcentaje cercano al 80% utilizado durante la acusación y recogido por los tribunales se refiere, en cambio, a la proporción de obras viales adjudicadas en Santa Cruz que la fiscalía atribuyó a empresas del Grupo Báez. La causa Vialidad examinó 51 licitaciones de esa provincia y sostuvo que existieron direccionamientos, modificaciones de obra, ampliaciones de plazos, redeterminaciones de costos, anticipos financieros, pagos por obras inconclusas y otras irregularidades. Los dos porcentajes, por lo tanto, no describen el mismo universo. El nuevo informe puede afectar la discusión específica sobre el SISVIAL y el Decreto 54/2009, pero no elimina por simple comparación matemática el resto de los fundamentos utilizados para condenar.

Una sentencia firme y una puerta excepcional para intentar revisarla

Cristina Fernández de Kirchner fue condenada el 6 de diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal Nº2 a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, como autora de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. No fue condenada por asociación ilícita: el tribunal la absolvió de ese delito. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena por administración fraudulenta el 13 de noviembre de 2024, y el proceso quedó firme después de que la Corte Suprema rechazara los recursos pendientes el 10 de junio de 2025.

La estrategia anunciada ahora no consiste en una apelación ordinaria —esa etapa terminó— sino en un recurso de revisión, una vía excepcional prevista en el artículo 479 del Código Procesal Penal de la Nación. Su inciso 4 permite revisar una sentencia firme cuando, después de la condena, aparecen o se descubren nuevos hechos o elementos de prueba que, solos o combinados con lo ya examinado, hagan evidente que el hecho no existió, que el condenado no lo cometió o que corresponde aplicar una norma penal más favorable. El recurso puede promoverse en cualquier momento. La defensa sostiene que la base oficial de Vialidad, encontrada y analizada después de que la sentencia quedara firme, reúne las características necesarias para intentar esa revisión. La Cámara de Casación deberá determinar si realmente constituye prueba nueva en el sentido exigido por la ley y, sobre todo, si posee entidad suficiente para modificar alguno de los fundamentos de la condena.

El Código también permite que, mientras tramita la revisión, el tribunal suspenda la ejecución de la sentencia. Por eso la defensa pretende solicitar no solamente el examen del nuevo material sino también la suspensión de sus efectos, incluida la inhabilitación para desempeñar cargos públicos. En paralelo, el informe será incorporado al planteo presentado por Fernández de Kirchner ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. La novedad, por ahora, no borra una sentencia firme ni establece judicialmente que el 0,85% invalide la causa Vialidad. Sí introduce un dato cuantitativo extraído de registros oficiales que no había ocupado este lugar en el proceso: de más de US$2.200 millones canalizados mediante la fuente financiera que la defensa vincula con uno de los fundamentos de la condena, US$18,66 millones llegaron a las 17 obras del Grupo Austral identificadas por el nuevo estudio. A partir de ahora, la discusión ya no será solamente política ni histórica: Casación deberá decidir primero si ese dato puede abrir jurídicamente una causa que desde junio de 2025 estaba cerrada por sentencia firme.

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