La magistrada Sylvia Recarey Cancela fue removida por unanimidad tras una resolución que consideró acreditado un uso indebido del cargo. La Corte sostuvo que hubo una gravísima falta administrativa, violación de normas éticas y abuso de funciones en el intento de acceder a información patrimonial reservada.
La Suprema Corte de Justicia destituyó a la jueza letrada de Toledo de 2.º Turno, Sylvia Recarey Cancela, luego de concluir que utilizó su cargo para crear un expediente falso con el objetivo de obtener información patrimonial de su exesposo.
El caso expone uno de los puntos más delicados del funcionamiento judicial: el poder que tiene una magistrada o un magistrado sobre expedientes, oficios, sistemas informáticos y pedidos de información reservada. Ese poder existe para garantizar derechos, resolver conflictos y administrar justicia. Usarlo para un interés personal rompe la confianza pública en una institución que debe actuar con imparcialidad, transparencia y apego estricto a la ley.
La resolución de la Corte consideró que Recarey cometió “una gravísima falta administrativa”, incumplió normas éticas y morales, comprometió severamente la imagen del Poder Judicial e incurrió en abuso de funciones. La decisión fue adoptada por unanimidad.
Un expediente inventado y un pedido de información patrimonial
El episodio ocurrió el 10 de marzo de 2026, mientras la jueza subrogaba a su colega del Juzgado Letrado de Toledo de 1.º Turno. Según surge de la resolución, la magistrada armó un expediente en soporte electrónico y físico, le asignó una carátula falsa, eligió un juzgado civil de Montevideo al azar e inventó el nombre de un supuesto demandante.
En ese expediente ficticio figuraba una persona llamada Ariel López, que solicitaba información sobre un demandado. Ese demandado era el exesposo de la jueza.
El escrito pedía oficiar a la Dirección General de Registros para obtener información sobre bienes o derechos patrimoniales de su expareja. También solicitaba al Banco Central del Uruguay datos sobre saldos de cuentas y depósitos que pudiera tener en instituciones financieras.
La maniobra no avanzó porque funcionarias del juzgado advirtieron inconsistencias. Una actuaria no encontró el expediente en el sistema, pidió revisarlo y detectó que el tipo de información requerida llamaba la atención. Luego otros funcionarios señalaron que el apellido del supuesto demandado coincidía con el del exesposo de la magistrada. La situación fue elevada a la Secretaría Letrada de la Suprema Corte.
La explicación de la jueza y el sumario
Tras ser consultada por correo electrónico el 11 de marzo, Recarey sostuvo primero que había decretado por error y que se trataba de un expediente del Banco de Seguros que pensaba dejar sin efecto. Al día siguiente cambió su explicación, dijo sentirse avergonzada, mencionó una situación personal, anímica y económica, y pidió disculpas.
La Corte dispuso entonces un proceso disciplinario, con suspensión del cargo y retención de medio sueldo por seis meses. El sumario fue instruido por el ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4.º Turno, Luis Charles Vinciguerra, quien concluyó que la conducta constituía una falta grave y recomendó la destitución.
El fiscal de Toledo, Luis Alvez, analizó los hechos y entendió que no se configuraba delito de abuso de funciones en el plano penal. Sin embargo, la Suprema Corte sostuvo que esa valoración no impedía aplicar la máxima sanción administrativa. Para la Corte, el análisis disciplinario era independiente de la conclusión penal.
La resolución señaló que la jueza “armó un plan para obtener un beneficio personal” y calificó la conducta como inaceptable, reprochable e inexcusable. También sostuvo que, aunque no se produjeron perjuicios directos a terceros, eso ocurrió porque el procedimiento fue frenado por los controles internos y por el sistema informático.
La confianza pública en la Justicia
El caso golpea sobre una zona sensible: la confianza en quienes tienen la potestad de ordenar investigaciones, pedir información privada y disponer actuaciones judiciales. La Corte remarcó que Recarey tenía vías legales para iniciar un trámite de pensión alimenticia o acceder a información por los canales correspondientes, sin utilizar su cargo para generar un expediente falso.
También citó normas éticas aplicables a la función judicial y la Ley Cristal, que define como corrupción el uso indebido del poder público o de la función pública. Para la Suprema Corte, la conducta afectó la imagen de la Administración de Justicia y resultó especialmente grave por la jerarquía del cargo, la trayectoria de la magistrada y su experiencia dentro del Poder Judicial.
Recarey había ingresado al Poder Judicial en 2003 y a la magistratura en 2011. La Corte valoró como atenuante su situación personal y su presencia en listas de ascenso, pero entendió que esos elementos no alcanzaban para evitar la destitución.
La resolución también recordó el artículo 23 de la Constitución, que establece la responsabilidad de los jueces ante la ley por apartarse del orden de proceder previsto. En una democracia, esa responsabilidad no es formal: es parte de la garantía básica de que el poder judicial no puede usarse para fines privados.
Fuentes
El Observador — Natalia Roba
