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Ocho gramos de marihuana y una condena: el castigo que sigue cayendo sobre las mujeres

Una joven de 23 años, sin antecedentes penales, fue condenada a 16 meses de prisión por intentar ingresar 8,65 gramos de marihuana a la Unidad N.º 11 de Cañitas, en Río Negro. El caso vuelve a mostrar cómo Uruguay sigue activando toda la maquinaria policial y judicial por cantidades mínimas de droga, con un impacto especial sobre mujeres jóvenes, pobres o vinculadas afectivamente a personas privadas de libertad.

Una joven de 23 años fue detenida cuando intentaba ingresar a la Unidad N.º 11 de Cañitas, en Río Negro, para visitar a una persona privada de libertad. En la revisión realizada por personal del Instituto Nacional de Rehabilitación se detectó entre sus prendas un envoltorio con sustancia vegetal. La Brigada Departamental Antidrogas realizó el reactivo, que dio positivo a marihuana. El peso total fue de 8,65 gramos.

La joven no tenía antecedentes penales. Aun así, el caso activó el recorrido completo del sistema: revisión penitenciaria, intervención fiscal, actuación policial especializada, traslado a dependencias, audiencia de control de detención, formalización y condena. Finalmente, la Justicia la condenó como autora penalmente responsable de un delito de suministro de estupefaciente agravado en grado de acto preparatorio, con una pena de 16 meses de prisión.

El dato central no es solo la sustancia incautada. Es la desproporción entre el hecho y la respuesta estatal. Por menos de nueve gramos de marihuana, el Estado puso en marcha recursos del Instituto Nacional de Rehabilitación, la Policía, la Fiscalía, la Brigada Antidrogas, el Juzgado Letrado de Fray Bentos y el propio sistema penitenciario.

Una política penal que castiga abajo

Uruguay reguló el cannabis hace más de una década y construyó una política pública que, al menos en el discurso, buscó separar consumo, mercado regulado y persecución penal del narcotráfico. Sin embargo, en las cárceles sigue funcionando una lógica mucho más dura. Una cantidad mínima de marihuana puede convertirse en una causa penal grave si aparece vinculada al ingreso a un establecimiento penitenciario.

La Ley de Urgente Consideración agravó este tipo de delitos y devolvió peso penal al artículo 36 del Decreto-Ley 14.294, con penas que llegaron a tener un mínimo de cuatro años para el ingreso de drogas a cárceles. Esa modificación fue señalada por especialistas, organizaciones sociales y actores del sistema penitenciario como una de las causas del aumento de mujeres privadas de libertad por delitos de drogas.

Después, la Rendición de Cuentas de 2023 incorporó el artículo 37 bis, que permite al juez tratar los intentos de ingreso de droga a cárceles bajo el régimen general de la tentativa. Esa modificación abrió la puerta a penas menores, como ocurrió en este caso, donde la condena fue de 16 meses y no de cuatro años. Pero el problema de fondo sigue vigente: la conducta continúa siendo penalizada con dureza y mantiene activa una maquinaria judicial pesada para hechos de baja escala.

La LUC no desapareció de este debate. Su marca sigue en la estructura penal que agravó estos casos y en la forma en que el sistema mira a quienes intentan ingresar pequeñas cantidades de droga a una cárcel. El artículo 37 bis corrigió parcialmente el exceso más brutal, pero no cambió la lógica de criminalización.

Mujeres que también quedan presas afuera

Estos casos no suelen mostrar grandes redes de narcotráfico. Muchas veces muestran otra realidad: mujeres jóvenes, madres, parejas, hermanas o familiares de personas privadas de libertad, que sostienen vínculos afectivos, visitas, encomiendas, trámites, alimentos, ropa y presencia en un sistema carcelario que deja buena parte del cuidado en manos de quienes están afuera.

Esa carga no es neutral. Las cárceles castigan a la persona presa, pero también ordenan la vida de su entorno. Hay mujeres que reorganizan horarios, gastos, crianza, traslados y vínculos alrededor de una visita. Algunas lo hacen por amor, otras por presión, otras por dependencia económica, miedo o mandatos familiares. La frontera entre decisión libre, vulnerabilidad y coerción muchas veces es mucho más compleja de lo que admite un expediente penal.

Cuando una mujer intenta ingresar una cantidad mínima de droga a una cárcel, el sistema penal suele verla solamente como autora de un delito. Casi nunca mira el contexto: quién la presionó, qué lugar ocupa en la economía familiar, qué relación tiene con la persona privada de libertad, qué grado de vulnerabilidad atraviesa, qué hijos tiene a cargo, qué consecuencias reales tendrá una condena en su vida.

Una condena de 16 meses no es un trámite. Puede afectar trabajo, crianza, vivienda, antecedentes, vínculos familiares y posibilidades futuras. También puede empujar a una persona sin antecedentes hacia el sistema penitenciario, donde las condiciones de encierro siguen lejos de cualquier idea seria de rehabilitación.

El gasto de perseguir causas mínimas

El caso de Cañitas también obliga a mirar el costo público de estas decisiones. Para 8,65 gramos de marihuana se movilizó personal penitenciario, Policía, Brigada Antidrogas, Fiscalía, Juzgado, traslados, custodia, audiencia, administración judicial y eventualmente plaza carcelaria. Todo ese aparato tiene un costo económico que paga la sociedad.

No se trata de negar que el ingreso de sustancias a cárceles sea un problema. En el sistema penitenciario uruguayo circulan drogas, hay mercados internos, deudas, violencia, consumo problemático y poder informal. Pero perseguir con toda la fuerza del Estado a mujeres sin antecedentes por cantidades mínimas no parece atacar el centro del negocio. Más bien reproduce una política penal que atrapa eslabones débiles y deja intacta la estructura que sostiene la circulación real.

El Estado gasta dinero, tiempo judicial y recursos policiales en causas pequeñas mientras el sistema carcelario sigue mostrando hacinamiento, falta de programas, consumo problemático, violencia interna y dificultades para cortar redes más fuertes. La pregunta política es evidente: cuánta energía institucional se invierte en castigar a una joven por menos de nueve gramos de marihuana y cuánta se invierte en atacar las redes que lucran de verdad con la cárcel.

En estos casos, la respuesta penal aparece como una forma de mostrar control. Hay incautación, detención, audiencia y condena. Pero el efecto sobre el problema real es limitado. La droga sigue entrando por distintas vías, las cárceles siguen siendo espacios de circulación y las mujeres pobres siguen apareciendo como blanco visible de una política que necesita resultados rápidos.

La agenda pendiente

El Frente Amplio y otros actores han vuelto a plantear la necesidad de modificar el marco legal que dejó la LUC en materia de drogas y cárceles. La discusión apunta a devolver mayor margen a los jueces, revisar agravantes, contemplar contextos de vulnerabilidad y evitar que cantidades mínimas terminen en condenas desproporcionadas.

El caso de Cañitas muestra por qué esa discusión sigue abierta. Una joven sin antecedentes terminó condenada por 8,65 gramos de marihuana. No por dirigir una red. No por financiar una organización. No por mover kilos. Por intentar ingresar una cantidad mínima durante una visita penitenciaria.

El país necesita discutir si quiere seguir usando cárcel, Fiscalía, Policía y dinero público para perseguir estos casos como si fueran una amenaza central del narcotráfico, mientras las cárceles siguen reproduciendo los mismos problemas que esta política dice combatir.

Fuentes:
Ministerio del Interior
IMPO
Decreto-Ley 14.294
Ley 19.889
Ley 20.212

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