Quatroges

La Justicia confirmó 30 años de penitenciaría para Juan Rebollo por el asesinato de las Muchachas de Abril

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno ratificó la condena contra el militar retirado y excomandante en jefe del Ejército por su responsabilidad en el operativo que terminó con Diana Maidanic, Laura Raggio y Silvia Reyes acribilladas dentro de una vivienda de Brazo Oriental, en plena dictadura. La resolución vuelve a derrumbar la versión militar de un supuesto enfrentamiento.

El tribunal rechazó los argumentos de la defensa

La Justicia confirmó la condena de 30 años de penitenciaría contra Juan Modesto Rebollo García como coautor del homicidio complejo muy especialmente agravado de Diana Maidanic, Laura Raggio y Silvia Reyes, conocidas como las Muchachas de Abril.

El fallo fue adoptado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno, integrado por Daniel Tapié, Ricardo Míguez y Beatriz Larrieu. Los ministros rechazaron el recurso presentado por la defensa, que pretendía declarar prescripto el caso y cuestionaba las pruebas utilizadas para establecer la responsabilidad del militar.

Sobre la prescripción, el tribunal recordó que el asunto ya había sido resuelto anteriormente dentro de la misma causa y, por lo tanto, existía cosa juzgada. Además, señaló que la defensa no había planteado esa excepción al contestar la acusación fiscal y no podía incorporarla posteriormente como agravio contra la sentencia.

La defensa sostuvo también que Rebollo había sido herido antes de comenzar los disparos y trasladado al Hospital Militar, por lo que no habría participado directamente en el asesinato. Sin embargo, los documentos militares, sus propias declaraciones, las pericias y los testimonios reunidos durante décadas ubicaron al entonces teniente coronel en la planificación y conducción del operativo.

Una operación militar sin orden judicial

En la madrugada del 21 de abril de 1974, un numeroso contingente de las Fuerzas Conjuntas rodeó la manzana delimitada por las calles Mariano Soler, Ramón Márquez, El Iniciador, Carabella y Fomento, en el barrio Brazo Oriental.

El objetivo declarado era detener a Washington Barrios, militante del Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros y esposo de Silvia Reyes. Barrios no se encontraba en el lugar. La información que permitió ubicar su domicilio había sido obtenida durante interrogatorios a personas detenidas.

Según la sentencia de primera instancia, Rebollo, entonces jefe del Grupo de Artillería Antiaérea Nº 1, y el teniente coronel Washington Scala ordenaron el despliegue. Los militares ingresaron sin una orden judicial, derribaron puertas y abrieron fuego dentro del apartamento número 3 de Mariano Soler 3098 bis.

Silvia Reyes tenía 19 años, estaba embarazada de tres meses y vivía en esa vivienda. Junto a ella se encontraban Laura Raggio, también de 19 años, y Diana Maidanic, de 21 o 22 años según los distintos registros oficiales. Las tres estaban durmiendo cuando comenzó el procedimiento.

Los cuerpos fueron encontrados juntos, arrinconados detrás de la puerta y entre dos muebles. Las autopsias, los estudios balísticos, la reconstrucción judicial y las declaraciones de los vecinos determinaron que recibieron múltiples disparos efectuados desde el interior de la habitación.

Uno de los vecinos, Hugo Conde, declaró que después de un primer tiroteo escuchó a las jóvenes pedir que no dispararan y que no las mataran. Luego sintió una ráfaga de metralleta que sacudió la pared de su propia vivienda.

El fallo concluyó que los militares entraron disparando y que las tres jóvenes fueron atacadas en una posición que les impedía escapar o defenderse. La Justicia también estableció que no existía evidencia documental de algunas de las armas y granadas que la versión oficial de la dictadura aseguró haber encontrado en el apartamento.

La versión de la dictadura quedó destruida por las pruebas

Durante décadas, las Fuerzas Armadas presentaron el crimen como un enfrentamiento con personas fuertemente armadas. El comunicado oficial difundido en 1974 sostuvo que las jóvenes habían disparado contra los militares y que poseían armamento, municiones y elementos para falsificar documentos.

Las investigaciones posteriores demostraron profundas contradicciones en ese relato. Las pericias concluyeron que el capitán Julio César Gutiérrez, herido mortalmente durante el operativo, recibió impactos de armas que no coincidían con las que supuestamente tenían las jóvenes. La sentencia determinó que fue alcanzado por disparos provenientes del propio despliegue militar.

En las inmediaciones también fue asesinado el policía Dorval Márquez, que se trasladaba en bicicleta hacia su trabajo. Un alférez le disparó al confundirlo con Washington Barrios.

La Justicia estableció que Rebollo no fue un participante secundario. Organizó el operativo, impartió órdenes, ingresó al complejo de viviendas y permaneció en el lugar durante la balacera. Sus distintas declaraciones sobre cuándo fue herido y en qué momento abandonó el lugar fueron consideradas contradictorias.

En julio de 2025, la jueza Isaura Tórtora lo condenó a la pena máxima de 30 años. Consideró como agravantes su condición de funcionario público, la nocturnidad, la actuación de varias personas, la alevosía y la violación ilegal del domicilio. El Tribunal de Apelaciones confirmó ahora esa resolución.

El proceso judicial comenzó con una denuncia presentada por familiares en 1986, atravesó archivos, reaperturas y décadas de obstáculos. Rebollo fue procesado recién en julio de 2022. Otros militares investigados, entre ellos José Nino Gavazzo y Eduardo Klastornick, murieron antes de poder ser condenados.

En 2021, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado uruguayo por las ejecuciones extrajudiciales de las tres jóvenes, por la falta de una investigación efectiva y por las desapariciones forzadas de Luis Eduardo González y Óscar Tassino.

Uruguay realizó en 2023 un acto público de reconocimiento de responsabilidad. El apartamento donde fueron asesinadas fue señalado como sitio de memoria y conserva una placa con sus nombres y una consigna que resume una obligación democrática todavía vigente: nunca más terrorismo de Estado.


Compartir esta nota: Facebook X