El Tribunal de Apelaciones Penal de 2º Turno le dio la razón a Charles Carrera en dos controversias importantes de la causa que enfrenta: declaró ilícito y dejó fuera del juicio el audio clandestino que durante años fue presentado como una de las principales pruebas en su contra, y habilitó a su defensa a utilizar la historia clínica de Víctor Hernández para realizar una pericia propia. El fallo vuelve a poner bajo discusión una causa que Carrera ha denunciado como persecución política y en la que, sucesivamente, tribunales superiores fueron corrigiendo decisiones, descartando acusaciones y limitando pretensiones de la Fiscalía.
Una de las pruebas más difundidas quedó afuera
Durante casi cuatro años, una grabación realizada clandestinamente por Daniel Hernández, hermano de Víctor Hernández, ocupó un lugar central en la exposición pública del caso contra Charles Carrera.
El audio había sido registrado con un teléfono celular durante una reunión desarrollada en el despacho que Carrera ocupaba en el Ministerio del Interior. Además de Carrera y Daniel Hernández, estaban presentes la madre de los hermanos Hernández, el abogado Eduardo Florio y la entonces directora de Asuntos Internos, Estela González.
Ninguno de ellos sabía que la conversación estaba siendo grabada.
La Fiscalía pretendía utilizar ese registro en el juicio para demostrar que Carrera conocía personalmente la internación de Víctor Hernández en el Hospital Policial y la entrega de tickets de alimentación a su familia.
La jueza Diovanet Olivera había aceptado inicialmente la prueba, pero la defensa, encabezada por Juan Manuel González Rossi y Lucía Fernández, apeló.
Ahora el Tribunal de Apelaciones Penal de 2º Turno revocó esa decisión por mayoría.
Los ministros Ricardo Míguez y Beatriz Larrieu determinaron que la grabación fue obtenida ilícitamente. Aunque la conversación ocurrió dentro de un edificio público, señalaron que se desarrolló en una reunión cerrada entre cinco personas y estaba protegida por la reserva de las comunicaciones.
Carrera no sabía que estaba siendo grabado y, según el Tribunal, la obtención clandestina del registro afectó derechos vinculados a la intimidad, privacidad y personalidad.
Pero el problema no terminó allí.
El Tribunal también encontró deficiencias importantes en las garantías técnicas del audio.
No existe una reconstrucción completa de la cadena de custodia desde el momento en que la conversación fue grabada hasta que años después el archivo ingresó al sistema policial. Tampoco fue presentada una pericia sobre el archivo original que permitiera establecer con certeza su fecha de creación, qué teléfono lo produjo o si sufrió modificaciones durante su recorrido.
La grabación circuló además por diferentes ámbitos judiciales y administrativos antes de llegar al expediente actual.
El propio Ministerio del Interior, paradójicamente, había cuestionado años atrás la incorporación de ese mismo audio a un juicio civil promovido por la familia Hernández alegando dudas sobre su autoría, certeza y fecha.
Ahora fue el Tribunal de Apelaciones el que terminó dejándolo afuera.
Fiscalía podía usar la historia clínica, la defensa también
La segunda decisión es igualmente relevante por lo que significa en términos de garantías procesales.
La defensa de Carrera presentó un informe elaborado por la médica legista Frances Borches a partir de la historia clínica de Víctor Hernández que ya se encontraba incorporada a la carpeta de Fiscalía.
Fiscalía intentó impedir su utilización.
El argumento fue que Hernández había autorizado el acceso a su documentación médica para la investigación fiscal, pero no específicamente para que los abogados de Carrera encargaran una pericia independiente.
La jueza de primera instancia había adoptado una solución intermedia: permitía la utilización del informe solamente si Hernández, cuando compareciera al juicio, volvía a consentir expresamente el uso de su historia clínica.
El Tribunal de Apelaciones revocó esa restricción.
La sala entendió que una vez que el titular autorizó legítimamente el ingreso de esa información sensible a la investigación penal, el documento quedó incorporado al legajo y disponible para las partes.
La consecuencia jurídica es elemental: si Fiscalía puede estudiar una historia clínica, encargar informes y utilizar esa información para intentar condenar a una persona, la defensa debe disponer de la misma posibilidad para intentar demostrar lo contrario.
Impedírselo, determinó el Tribunal, generaría una desigualdad de armas incompatible con el derecho de defensa.
De esta manera, el informe de Frances Borches podrá ser utilizado y la defensa tendrá la posibilidad de presentar su propio análisis médico de la documentación sobre Hernández.
Una causa que viene perdiendo piezas
La decisión de este martes no significa que la causa contra Carrera haya terminado.
Fiscalía lo acusa actualmente por fraude y utilización indebida de información privilegiada y pidió una condena de cuatro años de prisión.
Según la acusación, Carrera intervino para que Víctor Hernández, quien no era policía ni familiar de funcionario policial, permaneciera internado en el Hospital Policial y recibiera además $20.000 mensuales en tickets de alimentación.
Hernández había quedado parapléjico después de recibir un disparo en La Paloma en noviembre de 2012, durante una noche en la que se realizaba una fiesta en una propiedad vinculada al Ministerio del Interior donde residía un jerarca policial.
Nunca se logró determinar judicialmente quién efectuó el disparo.
Carrera sostuvo desde el comienzo que intervino para dar protección a una persona vulnerable que había sido gravemente herida en un episodio relacionado con funcionarios policiales y que las autorizaciones especiales para atender civiles en Sanidad Policial existían.
Pero el proceso que comenzó rodeado de enorme exposición política y mediática ha ido perdiendo componentes por decisiones posteriores de la propia Justicia.
Carrera había sido formalizado inicialmente también por falsificación ideológica de documento público. En octubre de 2025 el mismo Tribunal de Apelaciones descartó esa imputación al considerar insuficiente y confusa la formulación fiscal.
Fiscalía también intentó que se le impusiera prisión domiciliaria total alegando un eventual riesgo para la investigación.
El Tribunal rechazó ese pedido y consideró que no existían elementos concretos para sostener que, después de años de investigación, Carrera pudiera interferir con testigos. También estableció que sus expresiones públicas y publicaciones en redes debían ser consideradas ejercicio de la libertad de expresión.
Ahora desaparece del futuro juicio el audio que durante años ocupó titulares y programas televisivos.
Y no desaparece por una cuestión menor.
Dos integrantes del Tribunal concluyeron que se obtuvo violando derechos fundamentales y que además no ofrece las garantías técnicas necesarias para asegurar que el archivo llevado al proceso sea auténtico e íntegro.
Carrera ya había hablado de lawfare
Mucho antes de esta última resolución, Carrera sostuvo que el proceso en su contra tenía componentes de persecución política.
El exsenador vinculó el comienzo de la ofensiva contra él con su actividad parlamentaria y particularmente con las denuncias que impulsó junto a Mario Bergara por el acuerdo entre el gobierno de Luis Lacalle Pou y Katoen Natie para extender la concesión de la terminal especializada de contenedores del Puerto de Montevideo.
Carrera denunció también actuaciones de funcionarios de Asuntos Internos y sostuvo que se había elaborado información parcial o incorrecta destinada a perjudicarlo judicialmente.
En 2025 llevó sus planteos al sistema internacional de derechos humanos y utilizó expresamente el término lawfare para describir lo que consideraba una utilización del sistema penal como instrumento de persecución política.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos llegó posteriormente a admitir a trámite una denuncia presentada por Carrera relacionada con presunto espionaje y persecución. Esa admisión no significa que la CIDH le haya dado la razón sobre el fondo del asunto, pero sí que el planteo superó la etapa inicial necesaria para ser considerado por el organismo.
El nuevo pronunciamiento del Tribunal tampoco declara que Carrera sea víctima de lawfare ni determina su inocencia sobre los dos delitos que permanecen en discusión.
Pero agrega hechos concretos a un debate que durante mucho tiempo fue presentado únicamente como una defensa política del exsenador.
Una prueba emblemática resultó ilícita.
Su autenticidad e integridad tampoco pudieron garantizarse.
Una prueba que Fiscalía pretendía restringir a la defensa terminó habilitada por el Tribunal en nombre de la igualdad entre las partes.
Una tercera imputación ya había sido eliminada.
Y una pretensión fiscal de imponer prisión domiciliaria también había sido descartada por falta de elementos concretos.
El juicio deberá determinar finalmente si Carrera cometió los delitos que Fiscalía todavía le atribuye.
Pero mientras ese momento llega, varias de las herramientas con las que fue construida y presentada públicamente la acusación ya comenzaron a caer en los propios tribunales.
Hablando de lawfare.
