Quatroges

Gobierno busca cerrar vacíos de la ley de medios que podrían facilitar lavado y concentración

El director nacional de Telecomunicaciones, Pablo Siris, defendió ante el Parlamento los cambios incluidos en la Rendición de Cuentas. La propuesta exige demostrar el origen legítimo de los fondos invertidos, limita el uso comercial de las frecuencias públicas y busca impedir que propietarios reales se oculten detrás de sociedades, mandatarios o personas interpuestas.

El gobierno de Yamandú Orsi propuso modificar varios artículos de la ley de medios aprobada durante la administración de Luis Lacalle Pou. El objetivo declarado es recuperar controles sobre la propiedad de las empresas de comunicación, el origen del dinero utilizado para adquirirlas y el uso del espectro radioeléctrico, un recurso limitado que pertenece al Estado.

Durante la comparecencia del Ministerio de Industria, Energía y Minería ante el Parlamento, el director nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, Pablo Siris, advirtió que algunas disposiciones de la normativa vigente podían generar “un mercado ideal para el lavado de activos”. La expresión no refiere a una denuncia contra una empresa determinada, sino a los riesgos creados por una regulación que permite acreditar inversiones mediante una declaración del propio interesado y dificulta conocer quién controla realmente un medio.

La ministra de Industria, Fernanda Cardona, sostuvo que la intención es conocer quiénes están detrás de los servicios de comunicación y de dónde provienen los recursos utilizados para comprarlos. Los cambios forman parte de los artículos 176 a 191 del proyecto de Rendición de Cuentas presentado por el Poder Ejecutivo y todavía deben ser discutidos y votados por el Parlamento.

El origen del dinero ya no podrá declararse sin respaldo

Uno de los principales cambios se concentra en los requisitos para obtener o controlar una licencia de radio, televisión abierta o televisión para abonados.

La Ley 20.383, aprobada en octubre de 2024, permite que una persona física extranjera con al menos cinco años de residencia en Uruguay pueda acceder a determinadas licencias. El proyecto del actual gobierno vuelve a exigir que los titulares sean ciudadanos naturales o legales y se encuentren en ejercicio de la ciudadanía.

La modificación también establece que los interesados deberán acreditar el origen legítimo de los fondos comprometidos en la inversión. La fundamentación oficial señala que el régimen vigente permite cumplir ese requisito mediante una declaración de la propia persona interesada, una fórmula que las autoridades consideran incompatible con una política seria contra el lavado de activos.

En términos prácticos, ya no debería alcanzar con afirmar que el dinero es legítimo. Quien pretenda adquirir una emisora o participar en una empresa de comunicación deberá aportar elementos que permitan verificar la procedencia de los recursos.

La medida cobra especial importancia porque los medios no son empresas comunes. Además de manejar capital, administran una herramienta capaz de influir en la agenda pública, seleccionar qué asuntos se discuten y condicionar la formación de opinión. Saber quién financia una radio o un canal es, por tanto, una garantía de transparencia democrática y no una intromisión en la libertad de expresión.

El proyecto también busca evitar que la verdadera propiedad quede fragmentada entre accionistas con participaciones menores. La fundamentación advierte que varias personas podrían poseer individualmente porcentajes inferiores al 10% y, mediante acuerdos privados, ejercer juntas el control de una empresa sin quedar alcanzadas por los límites legales de concentración.

Para cerrar esa puerta, se propone considerar no solamente la titularidad formal de las acciones, sino también el control ejercido a través de representantes, mandatarios, delegados o personas interpuestas. De esta manera, la administración podría investigar quién toma realmente las decisiones, aunque su nombre no aparezca como propietario principal.

El espectro es público, no una mercancía para alquilar

Otro núcleo de la reforma refiere al espectro radioeléctrico, el espacio por el que se transmiten las señales de radio y televisión.

Las frecuencias no pertenecen a las empresas que las utilizan. Son un bien público administrado por el Estado, que concede su uso para prestar un servicio específico. La licencia, por tanto, no debería convertirse en un activo privado que pueda alquilarse, fraccionarse o negociarse al margen de la autorización estatal.

La legislación de 2024 admite que los licenciatarios deleguen parte de sus emisiones a terceros. Según la fundamentación del Poder Ejecutivo, un operador puede ceder hasta el 25% de su programación a una misma empresa y distribuir un porcentaje mucho mayor entre diferentes terceros, lo que puede transformar al titular de la licencia en un simple arrendador de espacios.

Los cambios propuestos establecen expresamente que las licencias son personales y no delegables. La contratación de contenidos o servicios seguirá siendo posible, pero no se podrá entregar a un tercero el control efectivo de la emisora ni el uso total o parcial del canal asignado.

El texto también prohíbe ceder, arrendar o transferir separadamente la autorización de uso del espectro. Una eventual transferencia deberá realizarse junto con la licencia del servicio y necesitará la aprobación del Poder Ejecutivo.

El punto es central: cuando una frecuencia se convierte en una mercancía negociable, quienes recibieron gratuitamente o mediante procedimientos administrativos el derecho a utilizar un bien colectivo pueden obtener beneficios privados vendiendo o alquilando algo que nunca fue de su propiedad.

La reforma intenta restablecer un principio básico: las frecuencias deben utilizarse para la finalidad por la cual fueron concedidas. Si el titular no puede, no quiere o deja de prestar el servicio, corresponde que el Estado determine su destino conforme al interés general.

Concentración, dueños ocultos y controles democráticos

El proyecto también modifica el procedimiento para transferir licencias, acciones o cuotas sociales.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones dispondría de 90 días para elaborar su informe y el Poder Ejecutivo tendría hasta 180 días para resolver. La ampliación busca evitar que operaciones complejas queden autorizadas por el simple vencimiento de plazos demasiado breves.

La propuesta convierte el informe de la URSEC en un asesoramiento no vinculante y devuelve la decisión final al Poder Ejecutivo, que podrá rechazar una operación cuando considere que vulnera los límites de concentración.

Este aspecto exige especial atención. Combatir la concentración privada es necesario para proteger la pluralidad, pero otorgar mayor capacidad de resolución al gobierno también demanda procedimientos transparentes, decisiones fundamentadas, acceso público a la información y garantías contra el uso partidario de las licencias.

La regulación democrática de los medios no puede confundirse con censura ni con premios y castigos según la línea editorial. Debe servir para impedir monopolios, transparentar capitales y asegurar que más voces sociales, comunitarias, sindicales, culturales y territoriales puedan expresarse.

Organizaciones especializadas en libertad de expresión habían advertido que la ley aprobada en 2024 elevó los límites de licencias que podía acumular un mismo grupo y abrió mayores posibilidades a la participación de capital extranjero, profundizando un escenario mediático ya concentrado.

Los cambios enviados ahora al Parlamento procuran corregir una parte de esas disposiciones, aunque no resuelven por sí solos el problema estructural. La pluralidad no depende únicamente de contar cuántas licencias tiene cada empresa: también requiere políticas de apoyo a medios comunitarios, cooperativos, públicos e independientes, que suelen competir en condiciones muy desiguales frente a los grandes conglomerados.

El proyecto incorpora, además, otras disposiciones relevantes:

La protección de niños, niñas y adolescentes, las normas sobre publicidad, privacidad y horarios de protección se extenderían a las radios, que actualmente no están alcanzadas de la misma manera por todas esas obligaciones.

Determinadas infracciones muy graves podrían provocar la caducidad automática de la licencia, entre ellas la presentación de información falsa, la transferencia total no autorizada o el incumplimiento de condiciones esenciales. También se fijan nuevos plazos de prescripción para infracciones y multas.

El Poder Ejecutivo podrá exigir la difusión gratuita de información sobre los servicios de atención y orientación ante situaciones de violencia doméstica.

Por otra parte, se abriría un plazo extraordinario de 180 días para regularizar transferencias de licencias o participaciones empresariales realizadas sin autorización. La regularización no será automática: los interesados deberán cumplir los requisitos legales y las eventuales multas continuarán vigentes.

Esta ventana puede permitir que el Estado conozca una realidad empresarial que hoy permanece oculta, pero deberá aplicarse con cuidado para que no se transforme en un beneficio para quienes incumplieron mientras otros respetaron los procedimientos.

La discusión sobre la ley de medios no es exclusivamente jurídica ni empresarial. Define quién puede administrar un recurso público, quién tiene capacidad para influir sobre la conversación colectiva y cuánto puede conocer la sociedad sobre los intereses económicos que se encuentran detrás de cada pantalla o micrófono.

La libertad de expresión no se protege dejando el sistema librado al poder del dinero. También se amenaza cuando unas pocas empresas concentran las frecuencias, cuando los dueños permanecen ocultos o cuando capitales de origen desconocido pueden controlar instrumentos centrales para la democracia.


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