La prórroga permite que más trabajadores puedan incorporar a su Historia Laboral períodos anteriores al 1.º de abril de 1996. La medida apunta a proteger derechos jubilatorios y evitar que años efectivamente trabajados queden fuera del cálculo previsional.
Una prórroga clave para quienes tienen años sin registrar
El Banco de Previsión Social actualizó el plazo para solicitar el reconocimiento de años trabajados antes del 1.º de abril de 1996, fecha vinculada a la implementación efectiva de la Historia Laboral. La extensión alcanza especialmente a las personas que tenían 60 años o más al 1.º de junio de 2023 y todavía no habían iniciado la gestión.
Con la nueva resolución, ese grupo tendrá tiempo hasta el 31 de mayo de 2027 para presentarse ante el BPS. La medida fue promovida por el Directorio del organismo y quedó recogida en un decreto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, firmado en mayo de 2026.
El trámite permite registrar actividades laborales que no aparecen en la Historia Laboral. Esa información puede ser decisiva para la futura jubilación, porque cada año reconocido puede incidir en el cumplimiento de los requisitos necesarios y en el cálculo final de la prestación.
La prórroga tiene un sentido social evidente: evita que trabajadores con trayectorias laborales antiguas, muchas veces marcadas por registros incompletos, informalidad, empresas desaparecidas o documentación dispersa, pierdan la posibilidad de probar años efectivamente trabajados.
A quiénes alcanza y cuáles son los nuevos plazos
El reconocimiento de años trabajados está dirigido a personas que desarrollaron actividad laboral amparada por el BPS antes del 1.º de abril de 1996 y que aún no solicitaron la inclusión de esos períodos en su Historia Laboral.
Según el cronograma actualizado por el BPS, las personas nacidas hasta el 1.º de junio de 1963 inclusive tienen plazo hasta el 31 de mayo de 2027. Ese es el grupo que recibió la nueva extensión mediante decreto.
Las personas nacidas entre el 2 de junio de 1963 y el 1.º de junio de 1968 también tienen plazo hasta el 31 de mayo de 2027. Para quienes nacieron entre el 2 de junio de 1968 y el 1.º de junio de 1973, el período previsto va del 1.º de junio de 2027 al 31 de mayo de 2029. En tanto, para quienes nacieron desde el 2 de junio de 1973 en adelante, el plazo irá del 1.º de junio de 2029 al 31 de mayo de 2031.
El BPS aclara además que las personas residentes en el exterior cuentan con dos años más en cada franja. Quienes cumplen condiciones para jubilarse antes del plazo previsto por edad pueden reconocer esos años al solicitar su jubilación.
Cómo se hace el trámite y qué documentación puede ser necesaria
La gestión debe iniciarse mediante agenda ante el BPS antes del vencimiento correspondiente. No importa que la fecha asignada para la atención sea posterior: lo relevante es reservar la gestión dentro del plazo vigente.
Para realizar el trámite, debe presentarse el titular o un apoderado registrado ante el BPS. La documentación básica incluye cédula de identidad vigente y la declaración de períodos trabajados completa. Antes de iniciar la gestión, es recomendable consultar la Vida Laboral para verificar qué años ya figuran registrados y cuáles faltan incorporar.
El organismo puede pedir documentación adicional según el tipo de actividad. No es lo mismo probar trabajo dependiente que trabajo no dependiente. En algunos casos pueden servir recibos, constancias, certificados, documentación empresarial, registros de aportes, declaraciones u otros elementos que ayuden a reconstruir la actividad laboral.
El punto de fondo es que la seguridad social no puede depender solamente de papeles fáciles de conservar durante décadas. Muchas personas trabajaron antes de que existiera un registro digital consolidado, en un mercado laboral más fragmentado y con menor formalización. Reconocer esos años no es un favor administrativo: es una forma de proteger derechos construidos durante la vida laboral.
Fuentes
Banco de Previsión Social
Decreto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 21 de mayo de 2026
Resolución de Directorio del BPS N.º 12-3/2026
Información oficial del trámite “Reconocimiento de años trabajados”
