Quatroges

Bordaberry busca sacar de Domingo Arena a represores mayores de 70 años

Pedro Bordaberry anunció que presentará un artículo aditivo a la Rendición de Cuentas para otorgar prisión domiciliaria a militares y policías de más de 70 años condenados por crímenes cometidos durante la dictadura. El senador colorado acusó al Frente Amplio de no tener “los huevos” para aprobar la medida, mientras desde el oficialismo respondieron que no se trata de valentía, sino de principios, memoria y respeto por las víctimas.

El senador del Partido Colorado Pedro Bordaberry anunció una nueva ofensiva parlamentaria para que los represores de la dictadura cívico-militar recluidos en Domingo Arena puedan abandonar la cárcel y continuar sus condenas en sus domicilios.

La iniciativa será presentada como un artículo aditivo durante el tratamiento de la Rendición de Cuentas y establecería la prisión domiciliaria para personas privadas de libertad mayores de 70 años. Aunque el articulado definitivo todavía no fue divulgado públicamente, las declaraciones del senador dejaron claro que la propuesta está dirigida especialmente a militares y policías condenados por delitos cometidos durante el terrorismo de Estado.

Bordaberry realizó el anuncio el martes 28 de julio durante una actividad denominada “La justicia en debate”, organizada en el edificio anexo del Palacio Legislativo por el senador colorado Gustavo Zubía. En el encuentro participaron también dirigentes y referentes que vienen cuestionando las actuaciones judiciales contra responsables de violaciones a los derechos humanos.

“Ya tengo redactado un artículo aditivo disponiendo la prisión domiciliaria para los mayores de 70 años”, afirmó Bordaberry, quien dijo esperar que todos los partidos de la oposición acompañen la propuesta.

El legislador sostuvo que los condenados de Domingo Arena no pueden reincidir debido a su edad y al tipo de delitos cometidos. Después decidió transformar el debate sobre crímenes de lesa humanidad en una provocación contra el Frente Amplio: “¿Saben por qué? Disculpen, voy a hablar en criollo: porque no tienen los huevos para hacerlo”.

La diputada frenteamplista Tatiana Antúez respondió que la oposición pretende incluir el artículo en una Rendición de Cuentas que, al mismo tiempo, anunció que no votará. “No es un tema de huevos, es un tema de principios. Nunca más”, escribió. Silvia Nane también cuestionó al senador colorado y señaló: “Un Bordaberry hablando como un Bordaberry”.

De 75 a 70 años: una ofensiva que busca ampliar el número de beneficiados

El anuncio no constituye el primer intento de Bordaberry por modificar las condiciones de reclusión de los condenados por crímenes de la dictadura.

El 15 de diciembre de 2025 presentó en el Senado el proyecto denominado “Reconciliación, verdad y nunca más”. Aquella iniciativa proponía conceder prisión domiciliaria, previa evaluación judicial, a personas mayores de 75 años condenadas por hechos ocurridos antes del 1.º de marzo de 1985. También planteaba crear una comisión en la órbita de Presidencia y un denominado Archivo Nacional de la Verdad.

La nueva propuesta reduce el límite de edad de 75 a 70 años. De aprobarse en términos generales o preceptivos, ampliaría el universo de represores que podrían abandonar Domingo Arena, sin que necesariamente deban demostrar una enfermedad terminal, una discapacidad severa o una situación médica incompatible con la reclusión.

El cambio tampoco es menor desde el punto de vista jurídico. Una cosa es que un juez evalúe individualmente la situación de una persona gravemente enferma y otra muy distinta es establecer por ley que alcanzar determinada edad debe abrir automáticamente la puerta de la cárcel, con independencia de la gravedad de los delitos, la conducta del condenado o su colaboración con las investigaciones.

La prisión domiciliaria por razones humanitarias ya existe dentro del ordenamiento uruguayo y puede ser concedida judicialmente cuando la permanencia en un establecimiento penitenciario perjudica gravemente la salud del condenado. La legislación también estableció restricciones para homicidios especialmente agravados, violaciones y delitos comprendidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Por tanto, el debate no se produce entre humanidad y crueldad. Existen herramientas para atender situaciones médicas concretas. Lo que Bordaberry propone es crear una categoría más amplia basada fundamentalmente en la edad y diseñada políticamente alrededor de los presos de Domingo Arena.

Amnistía Internacional ya había señalado que la prisión domiciliaria era utilizada por la Justicia para cerca de la mitad de las personas procesadas o condenadas por delitos de lesa humanidad. La organización advirtió que una concesión generalizada podía debilitar el cumplimiento efectivo de las penas y afectar los derechos de las víctimas.

En 2023, el Senado aprobó otro proyecto que facilitaba la prisión domiciliaria para mayores de 65 años, aunque dejaba la resolución en manos de un juez y exigía evaluar la salud, la dignidad, los riesgos para terceros y las circunstancias del delito. Cabildo Abierto intentó agregar una domiciliaria obligatoria para mayores de 70 años, pero ni siquiera los restantes partidos de la entonces coalición de gobierno respaldaron ese extremo.

Ese antecedente demuestra que la propuesta actual no es una política penitenciaria general surgida de un análisis sobre todas las personas mayores encarceladas. Forma parte de una campaña sostenida por sectores de la derecha para reducir las consecuencias penales de las condenas por terrorismo de Estado.

No están presos por ser militares, sino por secuestros, torturas y desapariciones

Domingo Arena no alberga personas perseguidas por sus ideas ni “presos políticos”, como suelen presentarlos algunos dirigentes de Cabildo Abierto y sectores de los partidos tradicionales.

Quienes permanecen allí fueron procesados o condenados por decisiones de la Justicia en causas relacionadas con torturas, homicidios, desapariciones forzadas, secuestros, privaciones ilegítimas de libertad y otros delitos cometidos desde el aparato estatal.

Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos ha recordado que los reclusos de Domingo Arena no fueron condenados por delitos comunes ni por su condición de militares, sino por su participación en secuestros, homicidios, torturas y desapariciones. La organización rechazó anteriores proyectos de prisión domiciliaria por considerar que representaban un retroceso en el proceso de verdad y justicia.

El penal fue creado durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez para mantener a los militares y policías condenados separados de la población carcelaria común. Sus condiciones han sido cuestionadas durante años por organizaciones sociales debido al trato diferencial respecto de la enorme mayoría de las personas privadas de libertad.

A diferencia del hacinamiento, la violencia, el encierro prolongado y las deficiencias sanitarias existentes en buena parte del sistema penitenciario, Domingo Arena funciona como una unidad especial, con una población reducida y condiciones considerablemente superiores a las de los establecimientos comunes.

Bordaberry sostiene que los represores no volverán a cometer los mismos delitos. El argumento omite que la reincidencia no es el único fundamento de una condena. Las penas también expresan la gravedad de los hechos, la responsabilidad individual, el derecho de las víctimas a obtener justicia y la obligación estatal de sancionar crímenes que atacaron a toda la sociedad.

Tampoco puede ignorarse que muchos de los condenados mantuvieron silencio durante décadas, no aportaron información sobre el destino de los detenidos desaparecidos y llegaron a juicio después de años de obstáculos institucionales, amparos políticos y demoras judiciales.

La avanzada edad actual de los represores no puede analizarse separada del tiempo de impunidad del que dispusieron. No fueron ancianos perseguidos durante décadas por un Estado vengativo: fueron agentes estatales que envejecieron en libertad mientras las familias de las víctimas continuaban buscando restos, archivos y respuestas.

La desaparición forzada, además, es un delito continuado mientras no se determine la suerte o el paradero de la víctima. En Uruguay todavía existen familias que no han podido enterrar a sus seres queridos ni conocer con certeza qué ocurrió con ellos.

Bordaberry distorsionó nuevamente la discusión sobre la reforma carcelaria

Para defender la domiciliaria de los represores, Bordaberry comparó su propuesta con la reforma del Código del Proceso Penal impulsada por el gobierno y afirmó que el Frente Amplio había pretendido “liberar a 2.500 presos”.

La comparación mezcla situaciones completamente diferentes. La cifra de 2.500 surgió durante la discusión de cambios generales al régimen de libertad anticipada, pero posteriormente la directora del Instituto Nacional de Rehabilitación, Ana Juanche, aclaró que la cantidad estimada de personas que podrían reunir efectivamente las condiciones sería menor a 400. El Poder Ejecutivo terminó retirando esos artículos para continuar analizándolos.

Además, cuando se advirtió que una de las modificaciones podía alcanzar a condenados por delitos de lesa humanidad, el gobierno eliminó expresamente ese artículo. Madres y Familiares valoró la decisión porque evitaba que los responsables del terrorismo de Estado accedieran a beneficios pensados para la política penitenciaria general.

Bordaberry utilizó la cifra inicial más elevada, omitió la posterior rectificación y presentó una reforma de mecanismos judiciales como si hubiera existido un plan para abrir indiscriminadamente las cárceles.

Al mismo tiempo, reclama un régimen especialmente favorable para quienes actuaron desde el poder estatal, participaron en una maquinaria sistemática de persecución y fueron condenados después de atravesar procesos judiciales que demoraron décadas.

También aseguró que el 70% de quienes recuperan la libertad reinciden, pero no presentó durante su intervención una fuente que permitiera establecer que ese porcentaje corresponde a la reincidencia penal general, a la reiteración policial, a un período determinado o a una población penitenciaria específica.

El contraste político es evidente: para las personas privadas de libertad en cárceles comunes, Bordaberry utiliza el temor, la reincidencia y la inseguridad. Para los responsables de torturas, secuestros y desapariciones, invoca humanidad, edad avanzada y reconciliación.

La referencia del senador a los “momentos muy duros personales” remite inevitablemente a su padre, Juan María Bordaberry, quien encabezó el golpe de Estado del 27 de junio de 1973, presidió la dictadura hasta 1976 y terminó cumpliendo prisión domiciliaria tras ser condenado por atentado contra la Constitución, homicidios políticos y desapariciones forzadas.

La memoria democrática no puede construirse mediante leyes destinadas a aliviar colectivamente las condenas de quienes integraron el aparato represivo. Las razones humanitarias deben ser evaluadas caso a caso, con informes médicos, control judicial y respeto por las víctimas, no convertidas en una vía legislativa general para vaciar Domingo Arena.

Uruguay no tiene pendiente liberar a quienes ocultaron información durante décadas. Tiene pendiente encontrar a los desaparecidos, abrir todos los archivos, conocer la verdad y garantizar que los crímenes del terrorismo de Estado no vuelvan a quedar bajo ninguna forma de impunidad.


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