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Bolivia cambia las reglas en plena crisis de la Fiscalía

En cuestión de horas, el Parlamento boliviano aprobó y el presidente Rodrigo Paz promulgó una reforma que habilita a la Asamblea Legislativa a suspender definitivamente al fiscal general con dos tercios de los legisladores presentes cuando exista una imputación formal o una medida cautelar por delitos castigados con prisión. La modificación llega con nombre y contexto concretos: Roger Mariaca está detenido e imputado en una investigación por presuntos vínculos con una estructura de protección al narcotráfico. Mientras el Gobierno presenta el episodio como parte de una ofensiva contra el crimen organizado, el caso abre otra discusión igualmente relevante: hasta dónde puede avanzar el poder político sobre la conducción del Ministerio Público antes de que exista una sentencia judicial.

Una ley aprobada mientras el fiscal estaba detenido

Bolivia modificó el viernes 2 de octubre el artículo 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público en medio de una crisis que ya había dejado detenida a la máxima autoridad de la Fiscalía. La nueva Ley 1773 establece que, cuando el fiscal general se encuentre formalmente imputado o sometido a una medida cautelar personal por delitos sancionados con privación de libertad, la Asamblea Legislativa Plurinacional podrá disponer su suspensión definitiva con el voto de dos tercios de los legisladores presentes. En esa misma sesión deberá nombrar a un fiscal general interino, que permanecerá en funciones hasta la designación de un nuevo titular.

La modificación no parte de una hoja en blanco. La Ley 260 de 2012 ya contemplaba situaciones de destitución, suspensión definitiva, renuncia, ausencia o impedimento definitivo del fiscal general y establecía mecanismos de suplencia dentro del propio Ministerio Público. Lo que incorpora ahora la reforma es un procedimiento político específico para que la Asamblea determine esa suspensión definitiva a partir de una imputación formal o una medida cautelar y designe directamente una conducción interina. De esa manera, una etapa inicial del proceso penal puede producir también consecuencias institucionales definitivas sobre la permanencia de la máxima autoridad fiscal.

El procedimiento legislativo avanzó con una velocidad excepcional. El Senado aprobó la modificación, la Cámara de Diputados la sancionó posteriormente por más de dos tercios y el presidente Rodrigo Paz la promulgó esa misma jornada. El cambio legal se produjo mientras Roger Mariaca permanecía detenido y con la Asamblea preparándose para resolver su situación. La norma tiene formulación general y podrá aplicarse a futuros fiscales generales que se encuentren en las mismas condiciones, pero su nacimiento está directamente asociado a la crisis provocada por el caso Mariaca.

Una acusación de extrema gravedad que todavía debe probarse ante la Justicia

Mariaca fue detenido junto con otras trece personas dentro de una investigación que, según el Gobierno boliviano, apunta a una organización instalada en sectores del sistema judicial y del Ministerio Público para brindar protección a actividades vinculadas con el narcotráfico. Entre los detenidos hubo otros fiscales. Posteriormente, el Ministerio Público formalizó imputaciones contra Mariaca y otros acusados por tráfico de sustancias controladas y organización criminal y solicitó seis meses de detención preventiva, medida que debe resolver la Justicia.

Parte de las acusaciones está relacionada con Sebastián Marset, el narcotraficante uruguayo capturado este año en Bolivia y posteriormente trasladado a Estados Unidos. Las autoridades bolivianas sostienen que material audiovisual y otros elementos de la investigación respaldan la existencia de una estructura de protección que habría operado dentro del aparato estatal. Mariaca ha rechazado las acusaciones formuladas desde Estados Unidos y, antes de su detención, calificó la actuación de Washington como una interferencia política en el trabajo de la Fiscalía. La responsabilidad penal del fiscal general y de los demás imputados deberá establecerse dentro del proceso judicial y no surge automáticamente de su detención, de la imputación ni de las decisiones administrativas adoptadas contra ellos.

La crisis tiene además un componente internacional que no puede separarse de su cronología. Dos días antes de la detención, Estados Unidos retiró la visa de Mariaca y lo acusó de recibir sobornos para facilitar actividades de narcotráfico y ayudar a personas vinculadas con organizaciones criminales a evitar la Justicia. Posteriormente, el Departamento de Estado y los países integrantes del denominado Escudo de las Américas respaldaron la continuidad de las investigaciones bolivianas. La secuencia entre la decisión estadounidense, la detención y la posterior reforma legislativa está documentada; las fuentes consultadas no acreditan por sí mismas que Washington haya dirigido el procedimiento penal o la modificación de la legislación boliviana.

La lucha contra el narcotráfico y el límite del poder político

El caso coloca sobre la mesa dos problemas que no son incompatibles. Un Estado tiene la obligación de investigar con profundidad cualquier evidencia de penetración del crimen organizado en la Justicia y en el Ministerio Público, especialmente cuando las sospechas alcanzan a funcionarios encargados precisamente de perseguir delitos. Al mismo tiempo, esa investigación transcurre dentro de un sistema de garantías que incluye la presunción de inocencia, el debido proceso y la autonomía de las instituciones encargadas de acusar y juzgar.

La nueva legislación boliviana desplaza parte de esa tensión hacia la Asamblea. La permanencia del fiscal general ya no dependerá únicamente de una condena o de las reglas internas de suplencia previstas anteriormente: una imputación formal o una medida cautelar pueden habilitar una suspensión definitiva si dos tercios de los legisladores presentes así lo deciden. Esto otorga al Parlamento una capacidad institucional que antes no estaba configurada de esa manera y hace que una decisión adoptada durante las primeras etapas de un proceso penal pueda alterar la jefatura del Ministerio Público.

Existe además una controversia jurídica sobre el procedimiento penal aplicable a Mariaca. Su defensa sostiene que, por su condición de fiscal general, corresponde un juicio de responsabilidades bajo el régimen previsto para determinadas altas autoridades, mientras el Gobierno argumenta que las conductas investigadas constituyen delitos ordinarios y deben tramitarse ante la Justicia común. Esa disputa deberá resolverse en los ámbitos correspondientes mientras la Asamblea utiliza una norma promulgada en medio del propio conflicto que pretende solucionar.

El gobierno de Rodrigo Paz presenta la operación como parte de una reconstrucción de la Justicia y de su estrategia contra organizaciones criminales. La respuesta institucional, sin embargo, tendrá consecuencias que sobreviven al acusado de hoy. Una ley concebida durante una crisis se incorpora al ordenamiento jurídico y queda disponible para los gobiernos, parlamentos y fiscales que vengan después. Por eso el episodio boliviano no se reduce a determinar qué hizo Roger Mariaca: también obliga a observar qué nuevas herramientas obtiene el poder político para decidir sobre la conducción de una institución cuya independencia resulta central para cualquier sistema democrático.

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