Quatroges

Información, cultura y mirada crítica

MEC anuló sanción de Ferrero a una fiscal y cuestionó que se actuara sin prueba suficiente

El Ministerio de Educación y Cultura revocó la suspensión de 15 días aplicada por Mónica Ferrero a Gabriela Aguirre. La resolución sostuvo que la Fiscalía no probó que la funcionaria ejerciera la profesión de forma liberal y marcó reparos sobre una decisión construida a partir de presunciones.

Una sanción anulada por razones de legalidad

El Ministerio de Educación y Cultura anuló la sanción de 15 días impuesta por la fiscal de Corte interina, Mónica Ferrero, a la fiscal letrada adscripta Gabriela Aguirre, quien se desempeñaba como encargada de Relaciones Internacionales de la Fiscalía General de la Nación.

La decisión fue firmada por el ministro José Carlos Mahía y se apoyó en un informe jurídico de la cartera. El punto central de la resolución es que la sanción aplicada por Ferrero presentaba razones de ilegitimidad: no correspondía sostener una falta grave sin prueba suficiente de la conducta atribuida.

El caso había comenzado después de que Ferrero solicitara información a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios. A partir de esos datos, se constató que Aguirre realizaba aportes a la Caja. La interpretación inicial fue que esos aportes podían indicar ejercicio liberal de la profesión, algo incompatible con la función fiscal.

Sin embargo, la explicación posterior fue otra: los aportes eran voluntarios y buscaban generar una jubilación complementaria para el futuro. El MEC entendió que ese elemento, por sí solo, no alcanzaba para afirmar que la fiscal ejerciera como abogada fuera de la Fiscalía.

La carga de la prueba estaba en la Administración

La resolución puso el foco en un principio básico del procedimiento administrativo: no alcanza con presumir una falta. Para sancionar, la Administración debe probar de manera efectiva la culpabilidad de la persona investigada.

Ese punto golpea el centro de la decisión adoptada por Ferrero. Según el criterio jurídico del MEC, la declaración jurada presentada por Aguirre, que modificaba una anterior vinculada al no ejercicio profesional, no constituía una prueba de cargo suficiente para aplicar una sanción disciplinaria.

El Ministerio también sostuvo que no haber realizado correctamente el trámite ante la Caja para efectuar aportes voluntarios no podía ser calificado, sin más, como una falta grave. La diferencia no es menor: una cosa es un problema formal o administrativo en la forma de aportar, y otra muy distinta es probar ejercicio profesional incompatible con el cargo.

La resolución deja así una señal institucional importante. El poder disciplinario dentro de un organismo público no puede funcionar sobre sospechas, lecturas indirectas o inferencias. Necesita hechos acreditados, garantías y una motivación jurídica sólida.

Un episodio que reabre el debate sobre Fiscalía

El caso no aparece aislado. Forma parte de una discusión más amplia sobre el manejo interno de Fiscalía, la relación entre jerarquía y fiscales, y los límites del control administrativo sobre funcionarios que cumplen tareas sensibles dentro del sistema penal.

El pedido de información a la Caja de Profesionales ya había generado cuestionamientos políticos. En 2025, legisladores del Frente Amplio plantearon dudas sobre el acceso a información de unos 320 fiscales y abogados vinculados a la Fiscalía, por tratarse de datos protegidos por normas de reserva y secreto tributario.

Ferrero sostuvo que el objetivo era verificar eventuales incompatibilidades, ya que los fiscales no pueden ejercer la profesión en forma liberal. Pero el episodio abrió otra pregunta: hasta dónde puede avanzar una jerarquía en la búsqueda de información personal o tributaria sin una base legal clara y sin afectar garantías.

La decisión del MEC no resuelve todo ese debate, pero sí fija un límite en este caso concreto. La sanción contra Aguirre fue anulada porque la conducta atribuida no fue probada con la solidez necesaria. En un organismo llamado a investigar delitos y sostener acusaciones ante la Justicia, ese estándar no es un detalle menor.

Compartir esta nota: Facebook X