Quatroges

Información, cultura y mirada crítica

BPS llama a reconocer años trabajados antes de 1996: un trámite clave para no perder derechos jubilatorios

El Banco de Previsión Social recordó que las personas nacidas hasta el 1.º de junio de 1963, inclusive, deben agendarse antes del 31 de mayo de 2026 si tienen años de trabajo anteriores a abril de 1996 que no figuran en su historia laboral. El trámite puede ser decisivo para acceder a una jubilación completa y evitar que años efectivamente trabajados queden fuera del cálculo.

Un trámite que puede cambiar una jubilación

El Banco de Previsión Social mantiene abierto el plazo para que trabajadores y trabajadoras reconozcan años de actividad anteriores al 1.º de abril de 1996 que todavía no figuran registrados en su historia laboral.

No se trata de un trámite menor. Para muchas personas, esos años pueden ser la diferencia entre acceder o no a una jubilación, completar los años mínimos requeridos o mejorar el cálculo final de su prestación. En especial, alcanza a quienes trabajaron antes de la informatización plena de los registros laborales, en períodos donde era más frecuente la falta de documentación, el trabajo informal, los aportes incompletos o los registros empresariales deficientes.

El llamado actual está dirigido principalmente a personas nacidas hasta el 1.º de junio de 1963, inclusive, residentes en Uruguay, que tengan períodos laborales anteriores a abril de 1996 aún no reconocidos por el BPS. Para ese grupo, el plazo para agendarse vence el 31 de mayo de 2026.

Qué años se pueden reconocer

La historia laboral nominada del BPS registra los servicios y remuneraciones desde el 1.º de abril de 1996. Por eso, quienes trabajaron antes de esa fecha y no tienen esos años incorporados deben solicitar su reconocimiento.

El trámite permite declarar actividades que no aparecen en la historia laboral y presentar documentación o pruebas que respalden esos períodos. Puede corresponder tanto a trabajadores dependientes como no dependientes, incluyendo personas que hayan trabajado para empresas, patronos o en distintas formas de actividad laboral antes de abril de 1996.

La importancia social del trámite es evidente. Durante décadas, miles de trabajadores sostuvieron comercios, industrias, servicios, tareas rurales, domésticas, zafrales o familiares sin que siempre quedara un registro completo. El reconocimiento de esos años no es un favor: es una forma de reparar administrativamente parte de una historia laboral que existió, aunque no siempre haya quedado debidamente documentada.

Plazos, edades y responsabilidad del Estado

El cronograma del BPS establece diferentes etapas según la fecha de nacimiento. Las personas nacidas hasta el 1.º de junio de 1963 tienen plazo hasta el 31 de mayo de 2026. Quienes nacieron entre el 2 de junio de 1963 y el 1.º de junio de 1968 tendrán plazo hasta el 31 de mayo de 2027. Para las franjas posteriores, los vencimientos se extienden en etapas sucesivas.

En el caso de quienes viven en el exterior, los plazos se amplían por dos años para cada franja.

El punto central es que la seguridad social no puede depender solo de que cada trabajador recuerde, encuentre papeles o descifre procedimientos. El Estado tiene la obligación de comunicar con claridad, acercar información, facilitar el trámite y asegurar que nadie pierda derechos por desconocimiento.

Por eso este llamado debe llegar especialmente a personas mayores, trabajadores del interior, quienes tuvieron trayectorias laborales discontinuas, mujeres con períodos no registrados, trabajadores rurales, trabajadores domésticos, pequeños comerciantes, changadores y personas que pasaron por empleos sin registro formal.

Fuentes

El BPS

Compartir esta nota: Facebook X