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Aduanas abre una puerta para los comercios de frontera

El nuevo régimen simplificado de importación permite que pequeños y medianos comercios de zonas fronterizas ingresen determinados productos sin pagar tributos aduaneros, IVA ni IMESI. La medida busca fortalecer el comercio formal en localidades golpeadas por las diferencias de precios con Brasil y Argentina.

Una medida pensada para la frontera real

La Dirección Nacional de Aduanas puso en marcha un régimen especial que permite a micro, pequeñas y medianas empresas de frontera importar una lista limitada de productos mediante un procedimiento simplificado. La herramienta forma parte de la Ley 20.419 y de su reglamentación, y apunta a atender un problema conocido por cualquier comercio de frontera: competir con precios del otro lado sin quedar fuera de juego.

El beneficio alcanza a comercios minoristas ubicados dentro de un radio máximo de 60 kilómetros de los pasos de frontera habilitados. En Brasil, comprende Chuy, Río Branco, Aceguá, Rivera, Artigas y Bella Unión. Desde el 1° de mayo de 2026 también se incorporaron los pasos con Argentina: Fray Bentos-Puerto Unzué, Paysandú-Colón y Salto-Concordia.

La lógica de fondo es sencilla: si el Estado no ofrece herramientas para que el comercio formal pueda competir, la frontera queda librada a dos salidas malas. Una es el cierre silencioso de negocios chicos. La otra es el crecimiento del circuito informal, donde el contrabando aparece como respuesta económica antes que como simple delito aislado.

Qué se puede importar y cómo funciona

El régimen permite importar determinadas mercaderías de consumo habitual sin pagar tributos ni paratributos, incluidos IVA e IMESI. La lista autorizada incluye productos de la canasta básica y artículos de higiene personal: porotos secos, lentejas secas, cocoa en polvo, café instantáneo o molido, fideos y pastas secas, galletitas dulces, galletas saladas, yerba mate, pasta de dientes, desodorantes, champú y jabón de tocador.

Los comerciantes no necesitan contratar despachante de aduana para operar bajo este régimen. La declaración se realiza mediante el sistema LUCIA, con los datos del importador, la mercadería y el local comercial autorizado. Luego Aduanas controla la operación y la mercadería debe ingresar al establecimiento declarado.

El sistema también fija límites. Según el nivel de ingresos de la empresa, hay topes mensuales y anuales de importación medidos en unidades indexadas. De forma aproximada, esos límites mensuales equivalen a franjas cercanas a 1.600, 5.000 y 10.000 dólares. El control de cupos se realiza en el propio sistema informático de Aduanas.

Alivio, control y una política que no alcanza sola

La medida puede ser un alivio para almacenes, minimercados, farmacias, kioscos y pequeños comercios que sostienen actividad y empleo en zonas donde la diferencia de precios con los países vecinos pega directamente en la caja diaria. No resuelve todo, pero reconoce un dato básico: la frontera no se gobierna igual desde un escritorio de Montevideo que desde una localidad donde la comparación de precios ocurre todos los días.

Las mercaderías deben ser nuevas, sin uso, estar acondicionadas para la venta al por menor y contar con comprobantes fiscales legibles. No pueden almacenarse fuera del comercio declarado ni circular fuera de la zona fronteriza autorizada. Las ventas deben realizarse en el local, documentarse como consumo final y pagarse presencialmente.

El desafío será que el régimen llegue efectivamente a los comercios chicos y no quede atrapado en trámites, desconocimiento o capacidad desigual para usar herramientas digitales. Si funciona, puede ayudar a formalizar parte de la actividad económica en la frontera. Si queda limitado a pocos operadores, será otra medida correcta en el papel pero insuficiente para una realidad que exige presencia estatal, controles inteligentes y apoyo concreto al comercio local.


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