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BCU refuerza controles sobre dinero electrónico y obliga a reportar operaciones a la UIAF

La nueva disposición alcanza a las instituciones emisoras de dinero electrónico y suma controles sobre depósitos, retiros y transferencias. El objetivo declarado es fortalecer la prevención del lavado de activos, aunque el desafío será que el control no termine cargando sobre usuarios chicos mientras los grandes circuitos de dinero opaco siguen usando estructuras más complejas.

Más información para la UIAF

El Banco Central del Uruguay resolvió incorporar nuevas obligaciones de información para las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico. La medida obliga a esas entidades a comunicar a la Unidad de Información y Análisis Financiero determinadas operaciones realizadas por sus clientes.

El cambio alcanza a depósitos y retiros de efectivo, giros y transferencias locales, y operaciones desde o hacia el exterior. No se trata de una obligación directa para el usuario, sino de un deber de reporte que recae sobre las instituciones reguladas.

En el caso de depósitos y retiros de efectivo, deberán informarse las operaciones superiores a US$ 10.000 o su equivalente en otras monedas. También deberán comunicarse operaciones individuales menores si, sumadas en un mismo instrumento de dinero electrónico, superan ese monto durante un mes calendario.

Qué operaciones quedan comprendidas

Para giros y transferencias locales, la obligación se activa cuando las recepciones o entregas de fondos superen los US$ 1.000, cualquiera sea la modalidad operativa utilizada. En el caso de giros y transferencias desde o hacia el exterior, la disposición establece el deber de informar sin fijar un monto mínimo.

La normativa excluye expresamente las transacciones realizadas mediante instrumentos de dinero electrónico para alimentación. También señala que la comunicación de la información se hará según instrucciones y plazos que serán definidos posteriormente.

El dinero electrónico es un instrumento cada vez más utilizado en Uruguay. Permite almacenar fondos, hacer pagos, transferencias, extracciones de efectivo y otras operaciones. En 2025 se realizaron más de 157 millones de operaciones con estos instrumentos, por un monto total superior a $ 218.000 millones.

Control financiero y una discusión de fondo

La resolución se inscribe en el marco de la Ley Integral contra el Lavado de Activos y de las modificaciones aprobadas en 2026, además de la Estrategia Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación 2025-2030.

Desde una mirada de política pública, el fortalecimiento de los controles financieros es necesario. Uruguay no puede tener un sistema donde las operaciones chicas quedan registradas y los grandes movimientos de capital circulan por zonas grises, sociedades, negocios inmobiliarios, frontera, contrabando o estructuras difíciles de rastrear.

Si la medida sirve para detectar maniobras de lavado, evasión o fondos de origen ilícito, fortalece al Estado. Si termina generando más trabas para trabajadores, pequeños comercios, usuarios de billeteras o personas que reciben transferencias comunes, puede alimentar desconfianza y burocracia.

La clave estará en la aplicación concreta: reglas claras, protección de datos, proporcionalidad y capacidad efectiva de investigar donde circula el dinero grande.


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